martes, 19 de agosto de 2025

PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE 19 agosto 2025

PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE 
19 agosto 2025

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"..sudando por un dinero que en la mano no se ve.."

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Los contratos de trabajo deben ser firmados en dos ejemplares, quedando uno para el empleador y otro para el trabajador. 
De la misma manera estos contratos deben cumplir ciertas características, que están indicadas en el articulo 10 del C. del T. 
Existen no pocos casos en que los trabajadores no leen su contrato, ni guardan el mismo para cotejarlo con  lo que aparece reflejado en la liquidación mensual de remuneraciones. 

Si somos rigurosos en el análisis, también debiéramos convenir en que la mayoría no tiene idea de que junto con suscribir el contrato, deben entregarle un ejemplar del Reglamento Interno de la empresa, cuando esta tenga diez o mas trabajadores contratados.
Para lo anterior basta entonces leer los artículos 10 y 153 y siguientes del C. del T.
¿Si  no nos educamos quien lo harán por nosotros?

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MANUEL AHUMADA LILLO PRESIDENTE DE CGT CHILE 
Nuestra fuerza la Unidad 
Nuestra meta la Victoria

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