miércoles, 12 de julio de 2023

PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE 12 julio 2023

PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE 
12 julio 2023 

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" ..El día en que el triunfo alcancemos ni esclavos ni hambrientos habrá la tierra será el paraíso de toda la humanidad.." 
   canta Francisco Villa 
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1.- ¿Qué es la asignación Familiar y cómo se tramita? La asignación familiar es un beneficio que entrega el Estado a cada trabajador por cada hijo registrado como tal. Se tramita de la siguiente manera: 
El trabajador tiene que acercarse a la Caja de Compensación a la cual está afiliada la empresa. Si no está afiliada a alguna Caja usted debe ir al Instituto de Previsión Social, IPS. En cualquiera de los dos casos le entregarán un formulario denominada “Autorización de carga familiar”. Lo llena con los datos respectivos que corresponden al trabajador. Luego el empleador completa el formulario, con los datos que le competen. Después se entrega el formulario a la Caja de Compensación o al IPS (ex INP) según corresponda y se demora más menos 30 días en que se autorice la carga y se ordene el pago de la Asignación Familiar. 
¿Sólo puedo tramitar cargas familiares por Cónyuge e hijos? No. También la puede tramitar por aquellos familiares de los que Ud. esté a cargo, como hermanos, padres, abuelos, etc., que no tengan posibilidad de autofinanciarse. Generalmente esto ocurre cuando sufren alguna enfermedad y no tienen pensión alguna.
En este caso, en el formulario de Autorización de carga familiar, existen unos espacios que deberán ser llenados por un médico tratante y/ o asistente social de la municipalidad correspondiente a la comuna donde usted vive.

2.-
¿Cuáles son los montos de la asignación familiar y cuándo se pagan? Los montos asignados por este derecho se fijan a través de un decreto ley y se reajustan en la misma ocasión en que se fija un nuevo monto para el ingreso mínimo. 
El pago de la asignación familiar al trabajador es mensual y el monto guarda directa relación con el periodo por el cual se haya percibido remuneración imponible, salvo que sus días trabajados en el mes no sean inferiores a 25.
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MANUEL AHUMADA LILLO PRESIDENTE DE CGT CHILE 
Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria

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