martes, 27 de diciembre de 2022

PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE 26 diciembre 2022

PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE 
26 diciembre 2022 

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"..No soy de un pueblo de bueyes que soy de un pueblo que embargan yacimientos de leones  desfiladeros de águilas .." 
      canta Jorge Cafrune
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1.- 
Recibimos una llamada que da cuenta de que una empresa deposita las cuotas sindicales a una cuenta personal del presidente, lo que es claramente ilegal.
Nos preguntan qué se puede hacer. Todos tenemos claro, o debemos tenerlo, que las platas que pagan los trabajadores por cuota sindical deben ir a una cuenta de ahorro o corriente y de esos dineros debe dar cuenta regularmente el tesorero.
No obstante, al profundizar en la norma legal nos encontramos con que el artículo 263 del código establece esto del depósito con claridad, sin embargo a continuación en el mismo artículo se dice que esta exigencia no aplica a los sindicatos con menos de 50 trabajadores. Así como el legislador anuló en el 2001 la obligación a las inspecciones del trabajo de investigar las denuncias por mal uso de los dineros sindicales, también instala normas como estas que hacen posible que muchos frescos se sirvan de la organización y puedan llegar a dilapidar sus recursos económicos.
Bueno, podrá decir alguien, pero eso no pasa en todos los sindicatos, y tiene razón. Pero los tránsfugas y desclasados que acceden a cargos de dirección sindical manipulan muy hábilmente y pueden engañar a miles. Conclusión? No importa que la ley no obligue a los sindicatos con menos de 50 socios a abrir cuenta de ahorro. La decisión del sindicato debe ser que se debe abrir una cuenta en el banco y también entregar cuenta periódica  de los dineros de la organización. Así se hace un sindicalismo honesto y confiable. 


2.-
Es muy bueno que tengan en claro lo siguiente. Lo hemos expuesto más de una vez en este casi milenario Pulso, pero vale la pena insistir.
En Chile, según el ministerio de economía, las empresa se califican según su número de trabajadores de la siguiente manera: Microempresa:que tiene contratados de 1 a 9 trabajadores. Pequeña empresa es la que tiene de 10 a 49 trabajadores. Mediana empresa es la que tiene contratados de 50 a 199 trabajadores y Gran empresa la que que tiene contratados 200 trabajadores o más. Según reportó el Servicio de Impuestos Internos en 2019, hay más de un millón de empresas. El 75,5% de estas a nivel nacional son microempresas (779.600 aprox.) por lo que en la mayoría de las mismas será difícil, por no decir imposible, constituir un sindicato de trabajadores. 
El 23,1% (235.900 aprox.),son pequeñas o medianas y solo en el caso de las medianas la ley indica que si existe sindicato se puede abrir una cuenta de ahorro. Solo el1,4% son grandes empresas (14.700 aprox.). 
Por lo tanto solo las medianas y grandes son las que obligatoriamente deben depositar los dineros en cuentas. ¿Se dan cuenta de lo mala que es la ley?
Sería hora, en vez de tanto desperdicio de tiempo en discusiones que no preocupan a la mayoría de la ciudadanía , que se legisle y establezca que toda organización sindical está obligada a depositar los dineros que aportan los trabajadores a su sindicato.
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MANUEL AHUMADA LILLO PRESIDENTE CGT CHILE
Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria

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