martes, 19 de marzo de 2024

PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE 19 DE MARZO 2024

 PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE 19 DE MARZO 2024

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"..La vi entre los ricos reír a carcajadas gozando 

como reina allá en el cabaret.." 

     canta Hector Pavez 

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1.-
Pasó durante el fin de semana y es menester entregar antecedentes pues se está repitiendo en forma bastante inusitada, probablemente por necesidad de las empresas por bajar costos. 

Esto que no es extraño en nuestro trabajo, si adquiere visos de preocupación cuando constatamos que los trabajadores siguen con miedo y desconocimiento, lo que dice relación con la poca preocupación con la que toman la información que regularmente se les está entregando. 

Pero sabemos que es así y perseveramos.Entonces y para que quede claro, las empresas tienen la obligación de notificar por escrito del despido a los trabajadores. 

No existe el despido de palabra y el trabajador debe recibir la carta que le notifica, firmar copia de la misma y colocar junto a la firma la frase "recibí no conforme". 

Con esto se evitan que la empresa notifique el despido a su domicilio por carta certificada y se ponen a cubierto de que dicha carta no se envíe y luego terminar siendo despedidos por abandono de trabajo.



2.-
Si la empresa no le presenta la carta usted tiene la obligación de ir a la Inspección del Trabajo que corresponde a su lugar de trabajo y colocar un reclamo por despido injustificado. 

Debe ser convocado a un comparendo con la empresa y en el intertanto nos visita y hacemos el cálculo de lo que le deben pagar en el finiquito. 

No olvide que si la empresa está utilizando una causal con pago de indemnización, podemos buscar pruebas y establecer que la causal está mal aplicada. 

Si así lo determina la autoridad, la empresa será condenada a un aumento del 30% de la indemnización, además que no va a poder descontar el aporte que hace al seguro de cesantía. 

Si el despido es sin pago de indemnización deberá ver con un abogado la demanda respectiva y disponer de antecedentes para probar que el despido no corresponde. 

En todo caso si la indemnización a cobrar no es alta es la misma inspección la que le indica la dirección del servicio de asistencia judicial que puede tomar su juicio sin costo. 

Usted tiene derechos, conocerlos y defenderlos es su obligación.

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MANUEL AHUMADA LILLO PRESEIDENTE CGT CHILE

Nuestra fuerza la Unidad

Nuestra meta la Victoria

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