lunes, 8 de enero de 2024

PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE 06 enero 2024

PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE 
06 enero 2024 

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"..Ay fogata de amor y guía razón de vivir mi vida.." 
 canta Victor Herredia   
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1.-
Pese a las censuras y la discriminación entregamos y entregamos datos sobre el retroceso de la legislación laboral. 
Las centrales sindicales guardan silencio por que lo avalan, las organizaciones de trabajadores de base en muchos casos lo ignoran. ¿Qué hacer? 
Seguir entregando antecedentes para ayudar a abrir los ojos. 
Esto es lo que hoy establece la legislación respecto de la información económica que deben entregar las empresas:

* Las grandes empresas (200 y más trabajadores)  deben entregar anualmente su Balance General, El Estado de Resultados y los Estados Financieros auditados (si es que no los ha entregado), como también toda la información que incida en la política futura de inversiones (no confidencial), en un plazo de 30 días  contados desde que estos documentos se encuentran disponibles. *Si se trata de un nuevo sindicato esta información le debe ser entregada dentro de los 30 días desde que notificaron la constitución del sindicato. 
*También las grandes y medianas empresas (más de 50 trabajadores) deben entregar dentro de los 90 días antes de vencer el contrato colectivo, las planillas de remuneraciones pagadas a sus socios, valor actualizado de todos los beneficios y los costos globales de mano de obra de los últimos 2 años. 
También los balances si no fueron entregados a tiempo e información sobre sus ingresos y egresos y la información que incida en la política futura de inversiones, que no sea confidencial.
*En las micro y pequeñas empresas (1 a 9 y 10 a 49 trabajadores) deben entregarse las planillas de remuneraciones pagada a sus socios; el valor actualizado de todos los beneficios; los costos globales de mano de obra de los últimos 2 años.

 

2.- *La información sobre la planilla de remuneraciones debe estar autorizada expresamente en el estatuto o su petición autorizada por cada trabajador. 
*Si no hay instrumento colectivo se pueden pedir los antecedentes en cualquier época y las empresas dispondrán de 30 días para entregar la información. 
*Si la empresa no entrega la información en los plazos, se puede requerir a la Inspección para que la solicite y si persiste en no entregarla el sindicato debe recurrir al tribunal laboral.
Si ya era difícil antes del último cambio legal solicitar antecedentes para elaborar el proyecto, ahora se complica más el proceso, pues se separa a las empresas según su tamaño.
Claramente los perjudicados son los trabajadores de micro y pequeñas empresas, que suman mas del 90% del total de las empresas en el país. 
¿Una norma mejor que lo que había? 
Queda claro que no. 
Hasta la reforma del 2016 todos los sindicatos podían pedir balances, estado de resultado y estados financieros auditados, hoy eso está prohibido a todos los sindicatos que tengan menos de 50 socios.
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MANUEL  AHUMADA LILLO PRESIDENTE DE CGT CHILE 
Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria

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