PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE
04 enero 2024
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"..A abrir la calle a las abuelitas jugando a canicas y a los niños malos.."
canta J.A.Labordeta
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1.- Recibimos el último dia del año 2023 con una consulta al wasap de nuestra radio. Nos enviaron la copia de un anexo de contrato en un taller mecánico donde trabajan 6 personas, lugar en el que según la legislación vigente está prohibido constituir sindicato y negociar colectivamente.
En dicho anexo se notifica a los trabajadores el cambio de jornada de trabajo a contar del 01 de enero de 2024 que será de 40 horas semanales.
El que no firma el anexo deberá buscar otros horizontes, por lo que firmaron con la soga al cuello.
¿Por qué se preguntará alguien, si les están dando las 40 horas y de un viaje?.
El asunto es como sigue. El trabajador es notificado de que su jornada de 9 horas diarias que regía hasta el 31 de diciembre de 2023, cambia para dar cumplimiento a la ley. Hasta esa fecha ingresa al turno diario a las 8.30, sale a las 13.30. tiene una hora de colación, vuelve a su jornada a las 14.30 y trabaja hasta las 18,30 horas. Trabaja de lunes a viernes 9 horas por día, total 45 horas semanales.
El anexo de contrato que suscribió deja la jornada de lunes a viernes ingreso 8,30 y sale a las 13.30, 2 horas de colación , vuelve a su jornada a las 15.30 y trabaja hasta las 18.30.
Total 8 horas diarias por 5 días a la semana, 40 horas semanales. ¿Alguien visualiza alguna garantía para el trabajador, más allá que en vez de durar una hora la colación ahora durará 2 horas?
No se ve ninguna.
2.- Estos trabajadores no van a disponer de las 5 horas semanales para dedicarlas al descanso o al ocio.
Ni siquiera van a tener la posibilidad de buscarse otro empleo para aumentar sus escuálidos ingresos.
Simplemente van a tener dos horas para colación en vez de una hora. Seguirán con el mismo método de trabajo y seguramente se las van a ingeniar para alguna cosita extra dentro del mismo taller en esas 2 horas, que ahora les entregan como tiempo de colación.
Pero no son de por sí un beneficio ese aumento de horas de colación.
Ciertamente la legislación no establece una jornada cortada, salvo para los trabajadores de hoteles, restaurantes y clubes.
Sin embargo para que se establezca la infracción deberá haber denuncia, ¿y quien lo hace si a nivel de microempresas prácticamente no hay posibilidad de organización?
Lo dijimos hace un tiempo, los empleadores van a encontrar los resquicios, si es que ya no los tenían previstos, para cumplir con la ley a su manera sin aumentar costos ni contratar mas personal.
Aquí la primera muestra de eso.
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MANUEL AHUMADA LILLO PRESIDENTE DE CGT CHILE
Nuestras fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria
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