lunes, 15 de mayo de 2023

PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE 15 mayo 2023

PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE 
15 mayo 2023 

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"..No quería que le pusieran zapato ni zapatón sino las las sandalias viejas del fraile confesor.."  
        canta Victor Jara
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1.-
Se ha hecho recurrente el tema del acoso laboral. Diversas situaciones que viven los trabajadores en su trabajo y que muchas veces, por desconocer la ley, se dejan pasar y van dañando al asalariado a niveles que muchas veces llegan a provocar cambios en los estados de ánimo, pánico a ir al trabajo e incluso depresión. Y como no, si muchas veces el trabajador está solo contra el mundo y no sabe qué hacer.  
Partamos entonces por decir que esa situación - el acoso laboral - está regulado en el artículo 2º del Código del trabajo, donde se dice "que se entiende por acoso laboral toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterados, ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores , por cualquier medio, y que tenga como resultado para el o los afectados su menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo". Entonces queda claro que es acoso el que se recibe de jefes, supervisores, gomas diversos del patrón, pero también de compañeros de trabajo, aunque a eso los más siúticos le llaman mobbing. 
En caso de acoso laboral de un compañero de trabajo la denuncia se hace al empleador para que investigue y tome las medidas necesarias (por ejemplo cambiar al acosador de lugar de trabajo) si no obtiene resultado debe denunciar ante la Inspección del Trabajo y dependiendo del informe autodespedirse. 


2.-
Si el trabajador acosado es sindicalizado lo mejor es pedir a su organización que le apoye en todo el proceso y ésta debe demandar de la empresa una rápida solución al caso, aunque también se puede colocar el reclamo sobre el acoso directamente a la Inspección del Trabajo. Si el informe es concluyente también se puede iniciar el procedimiento de despido.
Para mayor abundamiento es bueno leer los artículos 485 y siguientes del Código del Trabajo, y por cierto asesorarse en los equipos jurídicos que apoyan a la organización sindical. 

¿Queda claro por que es bueno estar organizados? 

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MANUEL AHUMADA LILLO PRESIDENTE DE CGT CHILE
Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria

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