PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE, 31 DE AGOSTO 2024
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"..Sol tu que eres tan parejo para derramar tu luz habías de enseñar al rico a hacer lo mismo que tu.."
canta Amparo Ochoa
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1.-Dicen muy ufanos que han dictado leyes para mejorar las cosas, y entre esas leyes nombran el derecho a huelga.
Para que lo pongamos en contexto y digamos las cosas como son, debe estar claro lo siguiente: Los trabajadores en Chile pueden ir a la huelga pero este derecho está acotado a una cantidad de tiempo, ya que a pesar de reconocerse a los sindicatos el derecho a huelga cuando fracasan las conversaciones en la negociación colectiva, la legislación permite que miembros de un sindicato puedan descolgarse individualmente del movimiento pasada una cantidad de días desde que se inició la huelga. En efecto, en la gran y mediana empresa (de 50 trabajadores hacia arriba) el descuelgue individual puede producirse al día 16 de iniciada la huelga y en la micro y pequeña empresa (de 1 a 49 trabajadores) el descuelgue puede producirse desde el sexto día.
Para eso solo se debe ofertar de parte de la patronal los mismos beneficios del contrato colectivo anterior reajustados en el IPC habido entre el último reajuste aplicado y el término del contrato colectivo, además de una reajustabilidad anual según el IPC.
2.- Y las cosas no terminan aquí ya que en el mismo artículo 357 del Código del trabajo, se indica que si no hay oferta patronal el descuelgue puede darse a partir del día 30 y 16 respectivamente, según si es grande o mediana y micro o pequeña empresa.
Para complementar este ejercicio de desmitificación digamos que la legislación establece desde 2016 los servicios mínimos y equipos de emergencia, que pueden ser pedidos por la empresa y si son validados luego de una tramitación ante la Inspección, puede llegarse al hecho de que mientras se desarrolla la huelga, parte de los huelguistas deben estar prestando servicios.
3.- Con algunos ajustes debido al paso de los años, es bueno decir que las normas sobre el descuelgue y los servicios mínimo estaban ya establecidos en el D.L. 2758 dictado por la dictadura en 1978, quedando con esto muy claro que sector social es el que impone las leyes en este país.
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MANUEL AHUMADA LILLO, PRESIDENTE DE LA CGT CHILE
Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria
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