jueves, 13 de octubre de 2022

PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE 13 DE OCTUBRE 2022

 PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE
 13 DE OCTUBRE 2022


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"..Aconcagua yo te vi al volver a mi país hoy por fin, cordillera te soñé al vivir los años lejos de ti.."
       cantan Los Jaivas
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1.-
Los trabajadores deben tener claro que la empresa tiene total facultad para dar por terminado un contrato de trabajo. 
Esto implica que más allá de si la causal de despido es la que corresponde o no, el empleador puede disponer de cualquiera de ellas para dar por terminado el contrato y corresponderá al trabajador probar ante los tribunales que la causal utilizada por la empresa para el despido no se ajusta a derecho. No debemos seguir creyendo que si el patrón usa mal una causal para despedir, va a venir la ley a enmendar la plana y decirle que nos debe reintegrar al puesto de trabajo. Incluso la aberración más grande que se utilice para despedir es válida y nuestra tarea es llevar el caso a los tribunales del trabajo para que sean estos los que, ponderando las pruebas que presentamos, establezcan que la causal utilizada no corresponde y que se nos debe pagar indemnización. 
Más de una crítica o una mirada de reprobación recibimos cada vez que decimos con claridad, que los patrones no son amigos de los trabajadores y que llegado el momento harán lo que tienen que hacer para prescindir de ellos. Al empleador no le interesa nuestra familia ni si estamos endeudados, ni siquiera como y donde vivimos. Cuando tiene que bajar sus costos para que no disminuyan las utilidades, recurrirá a lo más directo. 
Despedir a sus trabajadores.

2.- Bueno, volviendo al qué hacer en caso de despido, dejar claro que el trámite se inicia con la recepción de la carta de despido. Se aconseja recibirla y si no está de acuerdo con la causal utilizada  colocar de puño y letra la frase “recibí no conforme” en la original y la copia. Luego de ello concurrir a la Inspección del trabajo y colocar un reclamo por “despido injustificado”. 
¿Por qué recibir la carta? Porque la ley indica que si no la recibe el empleador puede enviarla a su domicilio por correo certificado y como muchas veces el trabajador se ha cambiado de casa y no notificó el cambio en la empresa, podría no darse por enterado del despido y quedarse sin posibilidad de reclamar. 
Mucha atención, el despido de palabra no existe, Si le dicen que está despedido en el momento de ingresar a trabajar, vaya a la Inspección del trabajo que le corresponde y ponga un reclamo por despido injustificado y de palabra. Si no lo hace y se queda esperando en casa que le avisen del finiquito, mañana podría encontrarse despedido por abandono de trabajo. 
La Inspección cita a las partes a un comparendo y si no hay acuerdo indica que se debe llevar el caso a tribunales. Si la inspección está cerrada o es fin de semana coloque el reclamo en la dirección web de la Inspección del Trabajo. 
Nunca deje de contactar a una organización sindical para que lo asesoren. Ni se le ocurra dejar su caso en manos de esos estudios jurídicos que le ofrecen apoyo en las puertas de las inspecciones del trabajo. Podrían estafarlo. 
Cuente con nuestro apoyo y el de nuestros abogados, búsquenos y veamos de conjunto que hacer.
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MANUEL AHUMADA LILLO PRESIDENTE CGT 
Nuestra fuerza la unidad
Nuestra meta la Victoria

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